Por: Roberto López, Contador Publico
Manassas VA. 20, de marzo 2020. En una medida sin precedente hoy 20 de marzo el Secretario del Tesoro, Steven Mnuchin, anunció por medio de twitter que por instrucciones del Presidente Trump, están moviendo la fecha límite para presentar impuestos del 15 de abril a él 15 de Julio; y que todos los contribuyentes y negocios tendrán este tiempo adicional para presentar su declaración y pagar sus impuestos sin multas e intereses.
“At @realDonaldTrump’s direction, we are moving Tax Day from April 15 to July 15. All taxpayers and businesses will have this additional time to file and make payments without interest or penalties.”
Se espera que el IRS de instrucciones oficiales aclarando esta extensión con más detalle entre hoy y este lunes. Esta noticia viene después de la presión y descontento de grupos empresariales, cámaras de comercio, gremiales de contadores públicos y profesionales de impuestos, líderes políticos, contribuyentes y la comunidad en general por la medida anunciada pocos días atrás por el mismo Secretario Mnuchin, de no extender la fecha límite y solo dar una extensión para pagar los impuestos hasta el 15 de Julio del 2020; ya que esta crisis del Coronavirus está causando estragos en la economía a nivel nacional e internacional. El problema con la medida anterior es que solo le ponía una “curita” a una herida profunda que necesita “puntadas”, y como dicen en mi querido El Salvador “nos estaban dando atol con el dedo”.
RESUMEN DE LA PROPUESTA ANTERIOR:
- El IRS había propuesto una extensión de noventa días para pagar los impuestos cuando el contribuyente resulta debiendo en su declaración del 2019.
- Nunca fue una extensión de tiempo para presentar la misma declaración; es decir, la fecha límite siempre quedó como el 15 de abril.
- Al no presentar la declaración para la fecha límite del 15 de abril el contribuyente forzosamente tenía que presentar una extensión de tiempo de seis meses donde tenía que calcular exactamente el impuesto a pagar; al no presentar una extensión todas las multas e intereses iban a ser aplicados, y si al presentar la declaración el monto a pagar es mayor que el monto reportado en la extensión multas e interés aplicarían a esa diferencia.
- A nivel personal una de las únicas multas que iban a ser suspendidas era la multa (e intereses) por falta de pago (FTP-Failure to Pay) del .05% hasta que el impuesto es pagado que tiene un máximo del 25%; pero la multa más grande por no hacer la declaración a tiempo (FTF-Failure to File) del 5% mensual por un máximo de 5 meses, e intereses (del 5%) aun iban a ser aplicados. La suspensión de multa sólo aplicaba si la deuda era de un millón de dólares o menor. Multas por no enviar el primer pago estimado del 2020 de fecha 15 de abril también iban a ser suspendidas, pero en realidad con esta pandemia nadie está pensando en enviar pagos estimados.
- A nivel corporativo es muy similar al personal, solo la multa (e intereses) por falta de pago (FTP-Failure to Pay) iba a ser suspendida; y la multa más grande por no hacer la declaración a tiempo (FTF-Failure to File) e intereses aun iban a ser aplicados. La suspensión de multa solo aplicaba si la deuda de impuestos era de diez millones de dólares o menor.
- Solo incluía “income taxes” que son los impuestos sobre los ingresos o la renta, y también el “self-employment tax” o el impuesto por trabajar por cuenta propia, que es el 15.3% de ingresos personales hasta $132,900 (2019) y luego el 2.9% ilimitado en montos mayores. No incluía otro tipo de impuestos como los “payroll taxes” que son los impuestos de planilla (seguro social y medicare) donde una mitad es pagada por el empleador (7.65%) y la otra por el empleado (7.65%).
La nueva medida es diferente, y es lo que de verdad todos esperábamos. Lo anunciado hoy día es algo nunca hecho antes, de manera oficial se cambió la fecha límite para presentar los impuestos del 2019 del 15 de abril al 15 de julio, exactamente tres meses. Esto también incluye extensión del pago de impuestos sin multas e intereses de “income taxes” y “self-employment tax” hasta la fecha límite del 15 de Julio.
Aun no hay mayores detalles, pero se asume que si se pide una extensión para hacer los impuestos esta solo cubre del 15 de julio al 15 de octubre, y si se debe impuestos se le agrega solo la multa por no pagar (FTP-Failure to Pay) del .05% e intereses; pero al no enviar extensión y presentar la declaración después del 15 de julio se pagará intereses y ambas multas, por no pagar (FTP-Failure to Pay .05%) y por no hacer la declaración a tiempo (FTF-Failure to File) del 5%. También, aun no se sabe si los montos de deuda personal de un millón y diez millones para corporaciones quedan igual o cambian.
Es importante agregar que esta medida solo aplica para declaraciones del 2019, periodos del 2018 o antes no están incluidos. Recomiendo que, si un contribuyente recibe reembolso que haga los impuestos lo antes posible para recibir ese dinero pronto ya que es de mucha ayuda durante estos tiempos de crisis, y si toca pagar no es necesario apresurar la declaración, pero si hacer los impuestos antes del 15 de Julio de esta manera difieres el pago lo más que se pueda (hasta la fecha límite) ya que no se sabe que tanto tiempo esta pandemia va a durar y tener un fondo de reservas para seis a doce meses es lo sugerido.
Esta nueva noticia viene en el momento correcto; en medio de una pandemia del coronavirus que tiene al país y al mundo entero casi paralizado, y que ya está afectando fuertemente sectores de la economía sin tener una fecha exacta cuando va a parar. Cuando regiones enteras están entrando en cuarentena, y la mayoría de negocios y personas no están pensando en presentar sus impuestos y mucho menos pagarlos; pero también porque no tienen el tiempo y recursos porque sus vidas están siendo interrumpidas por completo, cuando lo primordial se ha convertido en escapar contagio del virus, y mantener sus hogares y negocios a flote para no repetir los malos momentos del 2008 que aún están frescos en la mente de todos.