En la continuación de la audiencia preparatoria en el proceso civil que la Fiscalía General de la República (FGR) sigue contra el exdiputado del FMLN, Guillermo Mata Bennett y dos de sus hijos, por supuesto enriquecimiento ilícito, la Cámara Ambiental de Santa Tecla, este viernes admitió toda la prueba documental ofrecida en su defensa al contestar la demanda.
“Esa admisión y aceptación de la Cámara de toda la prueba de descargo documental, implica que toda esa documentación y pruebas de ingresos, salarios, bonos, viáticos, pagos, depósitos y retiros bancarios y demás transacciones mías y de mis hijos, que he presentado, comprueban que tienen un origen lícito, producto de trabajo profesional de trabajo honrado”, dijo Mata Bennett.
El proceso se sigue en la Cámara Ambiental de Segunda Instancia de Santa Tecla, donde de forma individual el Ministerio Público cuestiona al doctor Mata Bennett por $13,270, durante toda su gestión como diputado de la Asamblea Legislativa. A su hijo Guillermo Eduardo Mata Mayorga, por $251,685.80 y a Jorge Alberto Mata Mayorga, por $6,357.85.
Los defensores de Guillermo Mata Bennett, son de la opinión de que el proceso tiene una serie de “vicios e incongruencias”.
Como anécdota del tipo de investigación realizada, relatan que se ordenó inmovilizar legalmente un vehículo que fue propiedad de uno de sus hijos y ese carro ya había sido vendido hace varios años, afectando con ello a un tercero injustamente.
Agregaron: “Estamos frente a una ley que presume todo y al demandado le toca demostrar que es inocente. Sin embargo, el artículo 240 de la Constitución establece que solo hay enriquecimiento ilícito de los funcionarios y empleados públicos cuando tal enriquecimiento sea a costa de la hacienda pública, es decir, cuando se han manejado y malversado fondos públicos”, agregaron.
Demanda improponible
Para los juristas de la defensa del doctor Mata Bennett, “Es una demanda improponible, pues carece del elemento o condición fundamental para plantear un enriquecimiento ilícito que tal enriquecimiento sea producto del manejo y apropiación del dinero o bienes del Estado, como dice el artículo 240 de la Constitución, porque el Estado no puede empobrecerse de sus bienes y de su patrimonio, por ciudadanos que no han manejado fondos públicos y, por tanto, es imposible que puedan enriquecerse de la Hacienda Pública”.
Afirman sus abogados que ni el exdiputado Mata Bennett y ni los dos hijos -que nunca han laborado para el Estado- han manejado fondos públicos, pues la función de un diputado es legislar y sus hijos solo han trabajado en empresas privadas. Manifiestan que tampoco puede el Estado legalmente pedir que se le restituya algo o bienes que nunca se le han quitado o malversado.
“Afortunadamente, ya hay Jurisprudencia de tribunales superiores que han declarado la improponibilidad de esas demandas, por esa falta del elemento fundamental de no haber manejado fondos un funcionario público”, agregaron los defensores.