La alcaldesa de la capital estadounidense Muriel Bowser, mediante un comunicado de prensa, se refiere a que “Las protestas de la Primera Enmienda se volvieron violentas. Muchas personas llegaron al Distrito armadas y con el propósito de participar en actos de violencia y destrucción y se han involucrado en actos de violencia y destrucción. Han disparado irritantes químicos, ladrillos, botellas y pistolas.
Han violado la seguridad del Capitolio y su comportamiento destructivo y desenfrenado tiene el potencial de extenderse más allá del Capitolio. Su motivación es continua. Hoy, buscaron interrumpir los procedimientos del Congreso relacionados con la aceptación de votos del colegio electoral.
El presidente Trump continúa avivando la rabia y la violencia al afirmar que la elección presidencial no fue válida. Las personas no están satisfechas con los fallos judiciales y las conclusiones de las Juntas Electorales del Estado, y se puede esperar que algunas personas continúen con sus protestas violentas durante la inauguración”.
En consecuencia, Bowser emitió el 6 de enero la Orden del alcalde 2021-003, extendiendo la emergencia pública declarada hoy por un total de 15 días, hasta y a menos que así lo disponga una nueva orden del alcalde.
La orden firmada por la funcionaria contempla medidas como:
MEDIDAS Y REQUISITOS DE EMERGENCIA
El Administrador de la Ciudad, en consulta con el director de la Agencia de Seguridad Nacional y Manejo de Emergencias del Distrito de Columbia, está autorizado a implementar las medidas que sean necesarias o apropiadas para proteger a las personas y la propiedad en el Distrito de Columbia de las condiciones causadas por esta emergencia pública. Tales medidas pueden incluir, según sea necesario o apropiado, acciones autorizadas bajo el Código Oficial de DC § 7-2304 (b), incluyendo solicitar asistencia federal por desastre, o tomar medidas bajo el Plan de Respuesta del Distrito en la medida necesaria o apropiada para llevar a cabo el alivio contemplado por este orden.
Esta Orden se aplicará a todos los departamentos, agencias e instrumentalidades del gobierno del Distrito según sea necesario o apropiado para implementar esta Orden.
El Director de Finanzas del Distrito de Columbia está autorizado para aprobar el desembolso de todas las asignaciones necesarias para llevar a cabo esta Orden.
El Administrador de la Ciudad, en coordinación con el Vicealcalde de Seguridad Pública y Justicia, el director de la Agencia de Seguridad Nacional y Manejo de Emergencias del Distrito de Columbia, y el Director Financiero, está autorizado para solicitar asistencia financiera a través de la Administración Federal de Emergencias. Agencia, cualquier otra organización federal, privada o sin fines de lucro de recuperación y socorro en casos de desastre, y cualquier otra agencia apropiada del gobierno de los Estados Unidos para recuperar los gastos incurridos u obtener los fondos necesarios bajo esta orden.
Por la presente se implementa el Plan de Respuesta del Distrito comenzando de inmediato, incluyendo la ejecución de acuerdos de ayuda mutua para propósitos de seguridad pública y el nombramiento y juramento de policías especiales.
De acuerdo con 49 C.F.R. § 390.23 (Exención de las regulaciones), cualquier autotransportista o conductor que opere vehículos comerciales de motor directamente involucrados en la resolución de esta emergencia no estará sujeto a ninguna disposición que restrinja la duración de sus horas de trabajo. En consecuencia, esta orden permite que los trabajadores de servicios públicos y las agencias del Distrito retengan cuadrillas para completar las reparaciones de emergencia y restaurar los servicios más allá del horario normal de trabajo.
Prepararse, ordenar y supervisar la evacuación o el refugio de personas; Desconectar, suspender o cerrar los servicios públicos; Reducir o alterar las horas de trabajo y ordenar a las personas que permanezcan fuera de las calles públicas si se establece un toque de queda.