INMIGRACION
Los solicitantes de residencia permanente sean hijos, padres y cónyuges de ciudadanos estadounidenses que, entraron de forma ilegal a Estados Unidos, para que puedan obtener el perdón sin abandonar el país, serán recibidas a partir del 4 de marzo de acuerdo a la orden dada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) por sus siglas en inglés).
El nuevo reglamento publicado en el Registro Federal, hace constar que la salida obligatoria de Estados Unidos para hacer la solicitud de perdón, desde el extranjero, queda sujeta a un trámite interno. Sin embargo, esta exención no cambia el proceso de hacer la entrevista en el país de origen del solicitante.
Este proceso expedito está reservado solo para familiares inmediatos de ciudadanos americanos, todo encaminado a agilizar los procesos y reducir los tiempos de espera en las peticiones de residencia, según USCIS.
La ventaja de la nueva normativa facilita el trámite y garantizar el éxito de la petición dentro del territorio estadounidense; además de prever la imputación del castigo que hasta la fecha quedaba a discreción del funcionario consular de imponer una penalidad de entre tres y diez años de impedimento para entrar a EE.UU. por haber violado la ley migratoria.
“Esta reglamentación final facilita el proceso legal de inmigración y reduce el tiempo que los ciudadanos estadounidenses pasan separados de sus familiares inmediatos cuando éstos se encuentran en el proceso de obtener una visa de inmigrante”, dijo recientemente la secretaria Napolitano, al anunciar la publicación en el Registro Federal.
El director de USCIS, Alejandro Mayorkas, espera que la puesta en marcha del nuevo reglamento tenga un impacto positivo al facilitar el proceso y acortar los tiempos de espera, que en la base de datos actuales con que trabaja USCIS puede tardar de cinco a 10 años, según la categoría en que entre la petición.
USCIS reitera que el perdón por presencia ilegal está reservado solo para familiares inmediatos de un ciudadano estadounidense; el solicitante o peticionario deben demostrar que la denegación del perdón provocaría dificultades extremas para los padres, hijos o cónyuges que lo solicitan.